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Animales domésticos. Normas para propietarias/os y tenedores: obligaciones,
prohibiciones, documentación y circulación en la vía pública:

En cualquier caso, las propietarias y los propietarios o tenedores de los perros deberán
mantener control sobre ellos a fin de evitar tanto las molestias o daños a las personas y a
los demás animales, como el deterioro de bienes o instalaciones públicas. Para ello deberán
mantener el perro a la vista a una distancia que permita la intervención en caso necesario.
Los animales potencialmente peligrosos disponen de una normativa específica adicional
que les obliga, entre otras cosas, a circular siempre sujetos con una correa de menos de 2
m. de longitud y con un bozal adecuado.
Queda prohibido el acceso de animales a las áreas de recreo infantil y otras que
expresamente se indiquen, así como su baño en fuentes ornamentales, estanques o
similares y que beban directamente de grifos o caños de agua de uso público.
Prohibiciones
1.Maltratar a los animales, causarles sufrimientos o daños injustificados, o abandonarlos
2.Mantenerlos en instalaciones inadecuadas o en indebidas condiciones higiénico-sanitarias.
3.No facilitarles la alimentación necesaria
4.Hacer donación de los mismos como premio, reclamo publicitario o recompensa
5.Venderlos a menores de 14 años o incapacitados sin autorización de quienes tengan su
patria potestad o custodia.
6.Ejercer su venta ambulante.
Poseer, en el mismo domicilio, más de cinco perros y gatos, sin la debida autorización.
Incitar o consentir a los perros a atacarse entre sÍ o contra personas o bienes.
Utilizar animales en espectáculos, peleas, fiestas y otras actividades que impliquen crueldad
o mal trato, incluidas luchas de perros, gallos de pelea, tiro de pichón y prácticas similares
(quedan excluidos la fiesta de los toros y los encierros y otros espectáculos taurinos).
Legislación
Ley 4/2016 de 22 de julio, de protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de
Madrid.
Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales. BOCM núm.
207 de 31 agosto 2001. BO. Ayuntamiento de Madrid núm. 6043 de 16 octubre 2009.

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